Prevención y Control de Legitimación de Capitales
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Con el propósito de cumplir la normativa señalada y mitigar los distintos riesgos asociados a la Legitimación de Capitales, Financiamiento al Terrorismo y la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva, Banplus desarrolla políticas, procedimientos y medidas apropiadas, suficientes y eficaces, orientadas a identificar, evaluar y aplicar correctivos para reducir la posibilidad de que en la realización de cualquier operación financiera, sea utilizado como medio para ocultar el origen, propósito y destino de capitales ilícitos, o para desviar fondos de cualquier naturaleza hacia el financiamiento de grupos o actividades terroristas.

Banplus cuenta con una estructura eficiente para administrar de forma integral los Riesgos de Legitimación de Capitales, Financiamiento al Terrorismo y Financiamiento de la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva (LC/FT/FPADM)

Banplus como “Sujeto Obligado” de acuerdo a lo establecido en la Resolución 083.18 emitida por la Superintendencia de las Instituciones del Sector Bancario, asume su compromiso y su deber con la sociedad en la lucha contra la Legitimación de Capitales,  Financiamiento al Terrorismo y Financiamiento de la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva (LC/FT/FPADM). De esta manera, enfocamos toda nuestra energía en garantizar la seguridad de nuestros clientes y damos fiel cumplimiento a las regulaciones que rigen la materia, de conformidad a la Resolución 083.18 de las Normas relativas a la Administración y Fiscalización de los Riesgos Relacionados con la Legitimación de Capitales, Financiamiento al Terrorismo y Financiamiento de la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva, publicada en Gaceta Oficial N° 41.566 de fecha 17-01-2019, Resolución 136-03 de las “ Normas para la adecuada Administración Integral de Riesgos”, publicada en Gaceta Oficial N° 37.703 de fecha 03-06-2003 de la Superintendencia de Bancos y Otras Instituciones Financieras, hoy Superintendencia de Instituciones del Sector Bancario.

¿Qué es la Legitimación de Capitales?

Es el proceso de esconder o dar apariencia de legalidad a capitales, bienes y haberes provenientes de actividades ilícitas. (Res 083.18 de la SUDEBAN).

¿Cuáles son las fases del proceso de Legitimación de Capitales?

  • Fase de Colocación: Durante esta etapa inicial de la Legitimación de Capitales se introducen las ganancias ilegales en el sistema financiero. En la mayoría de los casos esta etapa viene acompañada con la colocación en circulación de los fondos a través de instituciones financieras, casinos, negocios, casas de cambio y otros comercios tanto a nivel nacional como internacional.
  • Fase de Procesamiento: Esta etapa se realiza una serie de transacciones financieras (conversión y movimiento) para interrumpir la cadena de evidencias ante eventuales investigaciones sobre el origen y fuente de los fondos provenientes de actividades ilícitas.  
  • Fase de Integración: En esta etapa son incorporados formalmente estos fondos de origen ilícito en el circuito económico legal aparentando ser de origen o fuente lícita.

Consecuencias de la Legitimación de Capitales

La Legitimación de Capitales es un fenómeno de dimensiones internacionales que interfiere con el desarrollo de los países y genera consecuencias negativas que afectan los diferentes sectores de la sociedad, principalmente en los aspectos sociales, políticos y económicos de las naciones. Debido a ello, surge la necesidad de generar soluciones a través de políticas de Estado y el apoyo internacional sobre las medidas que contribuyan en los esfuerzos contra la Legitimación de Capitales.

¿Qué es la Delincuencia Organizada?

Es la acción u omisión de tres o más personas asociadas por cierto tiempo con la intención de cometer los delitos establecidos en la LOCDO/FT y obtener, directa o indirectamente, un beneficio económico o de cualquier índole para sí o para terceros. Igualmente, se considera delincuencia organizada la actividad realizada por una sola persona actuando como órgano de una persona jurídica o asociativa, con la intención de cometer los delitos previstos en dicha Ley (Art. 4.9, Definiciones, de la LOCDO/FT).

¿Qué es el Financiamiento al Terrorismo?

Es el acto de proporcionar apoyo financiero a personas u organizaciones a fin de permitirles realizar actos de terrorismo.  El terrorismo es el uso sistemático del terror, para coaccionar a sociedades o gobiernos, utilizado por una amplia gama de organizaciones políticas en la promoción de sus objetivos, tanto por partidos políticos nacionalistas y no nacionalistas, de derecha como de izquierda, así como también por grupos religiosos, racistas, colonialistas, independentistas, revolucionarios, conservadores, ecologistas y gobiernos en el poder.  El terrorismo, como táctica, es una forma de violencia política.

¿Cómo podemos mitigar el riesgo vinculado a fondos provenientes de la delincuencia organizada?

Para mitigar el riesgo del ingreso de dinero de origen ilícito y/o para el financiamiento al terrorismo, se encuentran establecidos una serie de políticas que contienen procedimientos y controles que nos ayudan a detectar si un cliente puede o no ser clasificado como de alto riesgo para la institución apoyados en la resolución vigente en materia de Prevención y Control de LC/FT/FPADM, a fin de minimizar la posibilidad de que sus consecuencias negativas y/o adversas se materialicen.

La Información que deben aportar las Personas naturales  y las Personas jurídicas al momento de solicitar abrir una cuenta bancaria se encuentran en  el siguiente pdf.

Personas Expuestas Políticamente (Nacionales y Extranjeros) (PEP)

Por su condición de “Sujeto Obligado” de la LOCDO/FT, Banplus está en la obligación de diseñar, establecer y aplicar procedimientos de debida diligencia al constituir o mantener relaciones comerciales (cuentas de depósito, entre otros productos financieros) con personas naturales que  encuadran en la definición de Persona Expuesta Políticamente.

Persona Expuesta Políticamente (PEP): Es una persona natural que es o fue figura política de alto nivel, de confianza o afines, o sus familiares más cercanos o su círculo de colaboradores inmediatos, por ocupar cargos como funcionario o funcionaria importante de un órgano ejecutivo, legislativo, judicial o militar de un gobierno nacional o extranjero, elegido o no, un miembro de alto nivel de un partido político nacional o extranjero o un ejecutivo de alto nivel de una corporación, que sea propiedad de un gobierno  extranjero. En el concepto de familiares cercanos se incluye a los padres, hermanos, cónyuges, hijos o parientes políticos de la persona expuesta políticamente. También se incluye en esta categoría a cualquier persona jurídica que como corporación, negocio u otra entidad que haya sido creada por dicho funcionario o funcionaria en su beneficio. (Art. 4.19, Definiciones, de la LOCDO/FT).

¿Cuál es el marco legal que rige esta materia?

  • La Ley especial que regula la materia en las Instituciones del Sector Bancario es la Resolución 083.18 nombrada anteriormente, adicionalmente a ésta existen otras leyes de importancia que complementan el marco legal:
  • Ley Orgánica de Drogas G.O. N° 39.510 del 15/09/2010.
  • Ley Orgánica Contra la Delincuencia Organizada y Financiamiento al Terrorismo (LOCDOFT) publicada en Gaceta Oficial  Nº 39.912 del 30/04/2012.
  • Ley de Instituciones del Sector Bancario de fecha 28 de diciembre de 2010.

¿Cuáles mecanismos preventivos o Tips de Seguridad como cliente deberá tener en cuenta?

  • Al momento de abrir una cuenta, suministre la información correcta y toda la documentación exigida.
  • No permita que desconocidos realicen transacciones financieras por usted.
  • Actualice los datos personales por lo menos una vez al año o cuando sea requerido por la institución financiera.
  • Informe al empleado bancario el origen y destino de sus fondos al momento en que se los solicite para depósitos en efectivo, según los montos establecidos en la normativa interna del Banco en cumplimiento de los estándares de debida diligencia mejorada (DDC), tanto para clientes del banco como público en general.
  • Nunca suministre información confidencial vía telefónica o correo electrónico a terceros o desconocidos.

¿Qué son armas de Destrucción Masiva?

Son aquellas Armas diseñadas para matar a gran cantidad de personas, dirigidas tanto a civiles como a militares. Estas armas no se utilizan generalmente en un objetivo muy específico, sino más bien sobre un área extendida más allá del radio de una milla, son efectos devastadores en las personas, infraestructura y medio ambiente; tales como armas nucleares, biológicas y químicas.